Tras casi dos años de negociaciones, la AEACP (Asociación Española de Agencias de Comunicación Publicitaria) y la APCP (Asociación de Productoras de Cine Publicitario) han alcanzado un acuerdo en torno al marco contractual entre la agencia de publicidad y la productora.
Durante los últimos años, estas dos asociaciones profesionales habían acordado trabajar con presupuestos similares a los aprobados por las correspondientes asociaciones europeas, EACA (European Association of Communication Agencies) y CFPE (Commercial Film Producers of Europe). No obstante, quedaba pendiente la revisión de todos los procedimientos y acuerdos alcanzados por ambas asociaciones, puesto que con los cambios en la legislación habían quedado obsoletos, si bien algunos aspectos –como lo referente a la contratación de terceros (modelos, locutores, etc.)- ya habían sido actualizados.
Se ha establecido así un documento de trabajo único para regular la relación contractual de agencias y productoras. Este contrato establece las responsabilidades de ambas partes en cuanto a condiciones económicas, relación frente a terceros, plazos de entrega y condiciones de pago,
asistencia en los rodajes, derechos sobre los materiales, aplazamientos de los rodajes – bien sean por decisión de la agencia o por causas atmosféricas o de fuerza mayor –,cancelación por parte de la agencia, indemnizaciones, responsabilidades y seguros – tanto de la agencia como de la productora -, rescisión del contrato, mediación entre ambas partes y la información confidencial.
Durante los últimos años, estas dos asociaciones profesionales habían acordado trabajar con presupuestos similares a los aprobados por las correspondientes asociaciones europeas, EACA (European Association of Communication Agencies) y CFPE (Commercial Film Producers of Europe). No obstante, quedaba pendiente la revisión de todos los procedimientos y acuerdos alcanzados por ambas asociaciones, puesto que con los cambios en la legislación habían quedado obsoletos, si bien algunos aspectos –como lo referente a la contratación de terceros (modelos, locutores, etc.)- ya habían sido actualizados.
Se ha establecido así un documento de trabajo único para regular la relación contractual de agencias y productoras. Este contrato establece las responsabilidades de ambas partes en cuanto a condiciones económicas, relación frente a terceros, plazos de entrega y condiciones de pago,
asistencia en los rodajes, derechos sobre los materiales, aplazamientos de los rodajes – bien sean por decisión de la agencia o por causas atmosféricas o de fuerza mayor –,cancelación por parte de la agencia, indemnizaciones, responsabilidades y seguros – tanto de la agencia como de la productora -, rescisión del contrato, mediación entre ambas partes y la información confidencial.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Deja tu comentario